La garantía de indemnidad protege a cualquier trabajador frente a represalias por ejercer un derecho o mostrar desacuerdo con una decisión de la empresa. El Tribunal Supremo acaba de aplicarla a un caso muy concreto: una empleada despedida solo seis días después de negarse a trabajar los sábados.
La trabajadora, con contrato indefinido a jornada completa, se opuso expresamente a una propuesta de la empresa para modificar su horario e incorporar los sábados. Menos de una semana después fue despedida. Los tribunales de instancia ya habían declarado nulo el despido, y el Supremo confirma ahora esa nulidad: readmisión inmediata, abono de los salarios dejados de percibir y una indemnización adicional de 6.251 euros por daño moral.
Lo relevante de la sentencia es cómo razona la presunción de represalia. El Supremo entiende que una oposición clara y documentada a un cambio de condiciones, seguida de un despido en un plazo tan corto, genera por sí sola un indicio suficiente de vulneración de un derecho fundamental. A partir de ahí, es la empresa quien debe demostrar que el despido obedeció a una causa real y ajena a esa represalia — y en este caso no lo consiguió.
Es una sentencia útil para cualquier trabajador que sienta que una reclamación, una queja o una simple negativa a aceptar un cambio de condiciones ha tenido «casualmente» consecuencias poco después: la proximidad temporal entre ambos hechos puede bastar para invertir la carga de la prueba a favor del empleado.
Fuente: sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Social, STS 562/2026, de 23 de junio de 2026 (ECLI:ES:TS:2026:2919).
